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domingo, 30 de abril de 2017

7 COSAS QUE DEBES SABER DE LOS SINDICATOS


 1.¿qué son los sindicatos?

Los sindicatos son asociaciones de trabajadores y patrones constituidas para el estudio, mejoramiento y la defensa de sus intereses. Pueden conformarse por un mínimo de veinte trabajadores o, en su caso, tres patrones en activo.
Existe una idea errónea acerca de que los sindicatos únicamente pueden ser formados por trabajadores; sin embargo, la ley federal del trabajo menciona que los patrones también pueden hacerlo. Sin embargo, los primeros son mucho más comunes que los segundos. 

2. ¿Qué hace un sindicato?

Un sindicato busca la protección y el mejoramiento de las condiciones laborales de sus agremiados a través de la negociación constante con el patrón. En la mayoría de los casos, esta negociación se hace cada año y queda establecida dentro de un contrato colectivo.

3. ¿Qué es el contrato colectivo?

Es el acuerdo entre el sindicato y el patrón, y establece cómo se llevarán a cabo las condiciones laborales dentro de la empresa. Es obligatorio y una vez firmado sólo podrá cancelarse o modificarse a través de un acuerdo mutuo entre ambas partes.

4. ¿Qué pasa si no se cumplo el contrato colectivo?

De no cumplirse lo estipulado por el contrato colectivo, el sindicato tiene derecho de convocar una huelga. Será una autoridad laboral quien determine la legalidad de la misma o, en su caso, las sanciones para el patrón.

5. ¿Qué pasa si quiero dejar de tener sindicato?

Propiamente no puedes dejar de tener sindicato en tu empresa una vez que ya lo has tenido; ahora bien, puede suceder que sea otro sindicato el que decida pelear la titularidad del contrato colectivo con tu empresa. Si esto sucede, una autoridad laboral decidirá quién tiene la razón a través de un recuento.
No obstante, esta situación podría generar un conflicto entre tus trabajadores, mismo que inevitablemente se verá reflejado en los resultados de tu negocio. Te recomendamos tener mucho cuidado al momento de elegir el sindicato con el cual trabajarás con el objeto de no caer en problemas como los aquí comentados.

6. ¿Tener sindicato es beneficioso o perjudicial?

La imagen actual de los sindicatos se encuentra muy deteriorada, y ello ha sido motivo de que se estigmatice su actividad. Existen claros ejemplos de sindicatos que no hacen bien su trabajo, pero asimismo, existen muchos otros que cumplen todas sus funciones y que incluso pueden llegar a apoyar al patrón cuando éste atraviesa una  situación económica adversa.
Por lo tanto, resulta imposible generalizar y aseverar que todos los sindicatos son buenos o malos. Lo que sí podemos recomendar es que investigues mediante referencias la manera en que opera el sindicato con el que deseas realizar la firma del contrato colectivo; esto te abrirá un panorama acerca de qué tan conflictivos pueden llegar a ser algunos sindicatos.

7. ¿Puedo laborar sin tener un sindicato en mi empresa?

Muchos patrones en nuestro país laboran de forma normal sin contar con un sindicato en su empresa. Sin embargo, debes de considerar que éste es un derecho de los trabajadores, por lo que en cualquier momento algún sindicato puede emplazarte a huelga con el objeto de que firmes un contrato colectivo.
Asimismo, en muchas empresas los mismos trabajadores constituyen un sindicato con el objeto de no permitir la entrada de organizaciones ajenas tanto a los trabajadores como al patrón, y con ello tener una relación más estrecha entre ambas partes.
Ten en cuenta que al momento en que decides firmar un contrato colectivo con algún sindicato éste adquiere carácter de obligatorio, y será muy difícil deshacerte de dicha obligación. Te recomendamos ser muy cauto y analítico al momento de negociar, pues una mala negociación o un otorgamiento excesivo de "apoyos" pueden llevarte a la quiebra financiera y, con ello, al fracaso de tu negocio.

Webgrafia: https://www.entrepreneur.com/article/269018

lunes, 24 de abril de 2017

DESARROLLO SINDICAL EN COLOMBIA


Remontándonos a la historia encontramos que las primeras asociaciones de trabajadores en Colombia se conformaron a principios del siglo XX. Estas, después de un  esfuerzo que se extiende hasta los años sesenta, alcanzaron un máximo de representación de la fuerza laboral de 12.5%; a partir de ese momento, la representación disminuyó hasta alcanzar tan solo un 4.6% en 2005, tendencia que se mantenido hasta la fecha.

En cuanto a su integración, más de 62% son empleados al servicio del Estado, y cerca del 50% de los trabajadores estatales están sindicalizados y solo el 2% de los privados.

Es necesario remontarse a la creación de la organización sindical, que en opinión de diversos autores se originó en el desarrollo industrial, que trajo consigo una explotación del ser humano, quien laboraba extensas jornadas de trabajo en condiciones de miseria, situación que supuso la necesidad de agrupación por parte de los trabajadores para lograr mejores condiciones de vida. Sobre el rol político que juegan los sindicatos encontramos corrientes que se contraponen, como la planteada por Marx, en la que la organización sindical tiene un papel destructor de todas las políticas estatales que defiendan la propiedad privada; o la defendida por Lenin, que identifica al sindicato como una organización que sirve de soporte al gobierno en la adaptación e incursión de la organización existente. Así mismo, las escuelas liberales intervencionistas conciben el sindicato como un instrumento que coadyuva a que el Estado pueda lograr un equilibrio en las relaciones entre trabajadores y empresarios, y le otorga una serie de mecanismos legales para que intervenga en este proceso.
Los logros alcanzados por el sindicalismo desde el punto de vista jurídico se encuentran en acuerdos contractuales –convenciones colectivas– o en normas jurídicas generales –leyes, decretos, resoluciones etc.; esto último ocasiona que los jueces no siempre fallen en unas oportunidades a favor de los trabajadores y en otras ocasiones en contra.

Desde el punto de vista económico, se asocia la contribución del sindicato a inculcar en los trabajadores la disciplina industrial, cuya ausencia conlleva bajos niveles de productividad, al tiempo que logra distribuir el ingreso, lo cual es deseable desde el punto de vista del desarrollo.

No obstante hay quienes sostienen que el sindicalismo constituye una barrera para el desarrollo económico, debido a que hace peligrar la estabilidad monetaria y causa una espiral inflacionaria a corto plazo originada por problemas de balanza de pagos, déficit fiscal o crisis de producción.
En los regímenes democráticos, la finalidad económica del sindicato es eliminar la competencia de los desempleados y lograr salarios mayores al mínimo necesario para su subsistencia.



EL DECLIVE DE LOS SINDICATOS EN COLOMBIA


El propósito de esta investigación no es profundizar sobre todas y cada una las causas que originaron la pérdida de fuerza y presencia del movimiento sindical en Colombia; desarrollaremos exclusivamente una de las razones que provocaron este declive: la relacionada con el conflicto armado y las políticas estatales respecto a este. Resulta pertinente aclarar que el hecho de limitar el objeto de estudio no significa desconocer ni restar importancia a otras razones que han contribuido a esta crisis.

EL CONFLICTO ARMADO EN COLOMBIA



El conflicto armado en Colombia se inició en el siglo XIX con las luchas de poder que se presentaron entre los simpatizantes de los partidos Liberal y Conservador, quienes estaban encaminados a una política de extrema izquierda y de extrema derecha respectivamente. El descontento de estos grupos por tratar de lograr el bienestar según lo que consideraban mejor para el país dio lugar a la creación de grupos armados que generaron el conflicto que aún persiste.

Las grandes multinacionales también han influido en la desaparición del movimiento sindical en Colombia; investigaciones sobre el tema muestran que compañías como Coca - Cola se han visto implicadas en el asesinato de dirigentes sindicales; así mismo, empresas como Texas Petroleum Company, British Petroleum o Union Fenosa y el grupo Drummond han sido demandadas internacionalmente por grupos de sindicalistas.

La impunidad, acompañada de la cada vez más generalizada situación de violencia, se refleja en informes como el siguiente, realizado por la Escuela Nacional Sindical (ENS): Sobre el movimiento sindical pesa una grave crisis humanitaria que se expresa en los 2.515 sindicalistas asesinados en veintiún años, en el hecho de que en promedio anualmente más de la mitad de los asesinatos contra sindicalistas en el mundo ocurren en Colombia, y en la permanencia de una cultura antisindical que sigue catalogando al sindicalismo colombiano como connatural a la insurgencia y como un estorbo para el progreso económico de las empresas y el país.

Estas afirmaciones se corroboran contundentemente con los reportes anuales de derechos humanos de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres, CIOLS, que muestran que durante los últimos siete años. Colombia ha presentado el mayor índice de violaciones contra los derechos de los sindicalistas en el mundo.

Colombia es un país donde defender los derechos fundamentales de los trabajadores significa, con mayor probabilidad que en ningún otro país, sentencia de muerte, a pesar de la campaña de relaciones públicas del Gobierno colombiano en el sentido contrario, así lo manifestó el informe anual sobre las violaciones de los derechos sindicales en 2010
De todo lo anterior queda claro que la situación de violencia contra los sindicalistas ha rebasado los topes controlables, y que la impunidad demuestra la falta de interés del Estado para solucionarlo, pues a pesar de los llamados de atención que hace este grupo afectado, así como las entidades internacionales protectoras de derechos humanos, no hay reacción positiva de los órganos judiciales y policivos, sino que se ve una actitud pasiva al respecto, traducida en negligencia e irresponsabilidad estatal.


Revista de derecho, universidad del norte, edición especial: 189-213, 2012 ISSN: 0121-8697 (impreso) • ISSN: 2154-9355 (on line)

los sindicatos acaban las empresas ?

Que los sindicatos acaban las empresas, que no pelean por los empleados sino por sus beneficios individuales, que finalmente se “venden” a la compañía para ganar más dinero, que son oportunistas o todo lo contrario que son de gran ayuda para mejorar la calidad de vida de los funcionarios en una entidad. ¿Tienen validez alguno de estos imaginarios? En este artículo queremos comprobar la veracidad o no esas afirmaciones.
Lo cierto es que los convenios 87 y 98 de la OIT, Organización Internacional del Trabajo, el Código de trabajo, la jurisprudencia, algunos decretos y la constitución en el artículo 39, resguardan el derecho a constituir un sindicato. Es decir, que cualquier trabajador tiene la libertad de afiliarse, crear u organizar un sindicato sin injerencias del Estado o del empleador.
Básicamente, el sindicato es una asociación integrada por trabajadores, ya sea de empresas públicas o privadas. Tiene como objetivo defender y promover los intereses sociales, económicos y profesionales que se relacionan con la actividad laboral, la tarea entonces es negociar sobre las inconsistencias o problemáticas que existan en la empresa para ofrecer un bienestar a los empleados.
María del Carmen Vivas, presidenta de la junta directiva de Ansemitra, el sindicato de trabajadores públicos del Ministerio de Transporte, dice que lo más importante de una asociación como estas, es la relación laboral entre empleador y empleado, porque las dos partes tienen la posibilidad de sentarse y trabajar conjuntamente por la calidad de vida de la organización.
“La unión hace la fuerza, el trabajo en equipo es lo mejor”, comenta Vivas. Señala como un logro el cambio de sede del Ministerio, cuyo deterioro fue ignorado por varias administraciones en los últimos años. “El edificio se estaba cayendo y entre todos luchamos para conseguir esta nueva sede”, dijo.  
Lo que debe tener en cuenta
Las personas que se afilien a un sindicato deben tener capacidad de negociación, porque finalmente se trata de mantener un diálogo entre ambas partes para llegar a un consenso. Un sindicato de trabajadores no debe tener un número inferior a 25 personas afiliadas y un sindicato patronal, deber ser de al menos cinco patronos como independientes.
Además, existen cuatro tipos de sindicato, entre los que se encuentran: los de empresa, los de industria, los gremiales y los de oficios varios. Por otro lado, la junta directiva es la encargada principal de la vocería del sindicato, ellos son los líderes, quienes representan a todos los funcionarios y están pendientes de las necesidades de los mismos.
Lo bueno
  • Vivas lleva 21 años en Ansemitra y considera que lo mejor de pertenecer a un sindicato es la satisfacción personal que se tiene por lograr hacer algo bueno por los demás, estar al servicio y ver que hay gente que con una acción proactiva y que beneficia al conjunto, es feliz. Recalca también que estar vinculado en estas asociaciones permite conocer más de cerca los problemas para trabajar en ellos y encontrar una solución.
  • De acuerdo con Iván Jaramillo, investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, un beneficio más es hacer parte de lo que es un mecanismo democrático de representación de los trabajadores y el derecho a huelga para poder presionar por las  vías legales los acuerdos de mejora laboral.
  • Otra ventaja es la protección por entidades como la Procuraduría, la Fiscalía, como también por parte de la gente. Además de que tienen un fuero sindical, es decir, que usted cuenta con una protección especial que evita que su empleador lo pueda despedir sin autorización. Para que eso ocurra, debe tener el consentimiento del Ministerio de Trabajo.
  • De acuerdo con Adriana Montoya fundadora de la firma Am Grupo Jurídico S.A.S, existe el fuero sindical, que es para las personas que hacen parte de la asociación como directivos personas nombradas en comisiones  y el fuero circunstancial, que cobija a las personas que estén vinculadas en el momento de la negociación de un pliego de peticiones. El primero, tiene una protección durante dos años, que es lo que usualmente dura la junta directiva más seis meses, y el segundo según el tiempo que dure la discusión del pliego de peticiones más seis meses.
  • Los permisos: de acuerdo con los artículos 57 y 59 del Código Sustantivo de Trabajo, la empresa está en la obligación de dar los permisos necesarios para que el afiliado del sindicato pueda cumplir con las actividades o funciones que tengan.
Lo malo
  • Es un doble trabajo, porque usted debe cumplir con sus actividades como funcionario de la empresa y con los compromisos que haya asumido con la asociación. Vivas por ejemplo, además de ser presidente de Ansemitra, es abogada de la oficina jurídica.
  • No hay bonificaciones, ni dinero extra. Los miembros del sindicato no cuentan con algún beneficio económico.
  • Como miembro es posible que le hagan algún tipo de descuento sobre el salario que recibe mensualmente. Por ejemplo, en Ansemitra, se le descuenta el 1% a los trabajadores que pertenecen a este. María del Carmen opina que  debería ser obligatorio el aporte por parte de todos los trabajadores así no estén asociados, “finalmente es un beneficio para todos”.
  • Tiene que enfrentarse a temas polémicos como las nóminas paralelas, que tienen que ver con la congelación de la vinculación directa con el Estado, mientras aumentan los contratos de prestación de servicios de trabajadores independientes, por lo que es menor el número de personas que podrían pertenecer al sindicato y aportar a él.
Jaramillo explica que la importancia de que una empresa tenga un sindicato, es la posibilidad de dialogar o negociar en colectivo por lo que no hay necesidad de sentarse con cada trabajador, además tiene la posibilidad de “tener un conducto de información directa en la cuestión de capital trabajo para  la producción”, que tiene que ver con la comodidad de los empleados a la hora de realizar sus actividades laborales para tener un mejor resultado en la producción.


video de la CUT



https://www.youtube.com/watch?v=4VHwR0s3IFI

video sindicatos en Colombia







La Corte Suprema de Justicia le negó a Fredy Machado López, presidente de Asonal Judicial, una tutela con la que pedía permiso durante mes y medio para desarrollar actividades sindicalistas.

Machado afirmó en la tutela que el Tribunal Superior de Cartagena y el Consejo Superior de la Judicatura estaban violando sus derechos al trabajo, la asociación sindical, la negociación colectiva, la igualdad y el debido proceso, al no permitirle ausentarse de su despacho para desarrollar estas actividades a favor de Asonal.

Pero al estudiar la tutela, la Corte Suprema estableció que los derechos de los sindicalistas tienen límites y dijo que no pueden estar por encima del bienestar general, pues deben soportarse en “criterios de proporcionalidad, necesidad y razonabilidad”.

La Corte recordó que Machado es juez primero penal del circuito de Cartagena y que su presencia en el despacho es necesaria.

El fallo además asegura que en este caso “no milita prueba alguna de que el sindicato hubiera resaltado que era cardinal contar con la gestión del líder sindical” y asegura que “resulta abiertamente improcedente lo pretendido por el actor en torno a habilitar un permiso sindical permanente, máxime que no están acreditadas las actividades en que tal petición se justifica”.

En el proceso, el Tribunal Superior de Cartagena mencionó que al presidente de Asonal se le han dado varios permisos desde el 2014 y que este año ya se ha ausentado 90 días ininterrumpidos, por lo que darle más tiempo llevaría a que su ausencia del despacho fuera permanente, lo que va en contra de la Constitución.

El Tribunal de Cartagena también señaló que la ausencia de Machado se “ha visto reflejada en el rendimiento del despacho judicial”, pues en el 2014 profirió “seis sentencias y 18 ordinarias” y en el 2015 sacó “103 de tutela, las cuales no han podido ser proferidas en su totalidad por el accionante, dado que se encontraba en permiso sindical”.
Entre sus argumentos, Fredy Machado López señalaba que al negársele el permiso se estaba desconociendo que el tiempo por fuera era necesario para desarrollar “trascendentales gestiones” a favor del sindicato.

Además, el líder sindical adujo que el presidente de otra organización de trabajadores judiciales “ha tenido permisos sindicales de manera ininterrumpida por más de 7 años, sin privarse de ninguna concertación”.

Y agregó que en su caso la “prestación del servicio público no se ha visto afectada, dado que el nominador ha podido reemplazarlo de manera afortunada”.


Por: Redacción EL TIEMPO

02 de septiembre 2016 , 10:30 p.m.

http://www.eltiempo.com/bundles/eltiempocms/images/el-tiempo/logo-el-tiempo-azul.jpg?1492726078

domingo, 23 de abril de 2017

HUELGA


Qué es Huelga:

Como huelga se designa el paro o la interrupción colectiva de la actividad laboral convocada por parte de un grupo de trabajadores o por un sindicato como medida de protesta para exigir que un conjunto de peticiones sean atendidas por el patrón. Como tal, la palabra huelga es un sustantivo que proviene del verbo “holgar”, que a su vez procede del latín tardío follicāre, que significa ‘soplar’, ‘respirar’.
La huelga puede convocarse con el fin de expresar algún desacuerdo o manifestar malestar frente a las decisiones de la directiva y sus consecuencias sobre las condiciones de trabajo, o para solicitar mejoras o reivindicaciones a nivel económico o social. En este sentido, la huelga es un último recurso cuando se han agotado instancias previas de negociación con el patrón.

En los sistemas democráticos de plenas libertades, la huelga es un derecho legítimo de los trabajadores para defender sus derechos sociales colectivamente.
Una huelga puede tener carácter general cuando su convocatoria incluye todas las actividades económicas y productivas, ya sea de una empresa, una región e, incluso, un país, o puede ser, por el contrario, específica cuando afecta únicamente a un departamento de una empresa, a un ramo de la industria o a un gremio.
Además, dependiendo de su duración, una huelga puede ser definida cuando se convoca dentro de un periodo determinado de tiempo como medida de presión, o puede ser indefinida cuando se advierte que solo se levantará cuando las peticiones sean efectivamente atendidas.

Por otro lado, una huelga podrá ser legal si su llamado se ajusta con lo dispuesto por la legislación laboral vigente de cada país, o ilegal, cuando se produce de manera brusca y sin respetar los requerimientos establecidos en la ley.
En algunos países, las huelgas son conocidas también como paros. En este sentido, son expresiones sinónimas.
Por otra parte, la expresión “huelga decir” es usada frecuentemente como equivalente de “sobra decir”, y es usada para atenuar la aspereza de cierta exigencia, o para aumentar el énfasis.


Fuente: https://www.significados.com/huelga/

DESARROLLO DE HUELGAS  DE LOS SINDICATOS EN COLOMBIA 



SINDICATO - SINDICALISMO / CLASES DE SINDICATOS


 
SINDICATO
Integrado por trabajadores en defensa y promoción de sus intereses sociales, económicos y profesionales relacionados con su actividad laboral. Respecto al centro de producción (fábrica, taller, empresa) o al empleador con el que están relacionados contractualmente.

SINDICALISMO
Ideología que introduce bases para la defensa de intereses de los trabajadores asalariados, subordinados y dependientes. El sindicato es una persona jurídica.


Webgrafia: http://derecholaboralgyr.blogspot.es/1476045702/cual-es-la-diferencia-entre-un-sindicato-y-el-sindicalismo-/


CLASES DE SINDICATOS

De empresa: Formados por trabajadores de diversas profesiones. Oficios, o especialidades, que presten servicios para un mismo empleador.
De actividad: Están formados por trabajadores de profesiones, especialidades u oficios diversos de dos o más empresas de la misma rama de actividad.
De gremio: conformado por trabajadores de oficio, profesión o especialidad
De oficios varios: conformado por trabajadores de diversas profesiones, oficios o especialidades que trabajan en empresas diversas o de distinta actividad, cuando en determinado lugar, provincia o región el número de trabajadores no alcance el mínimo legal necesario para constituir 
sindicatos de otro tipo.

NOTICIAS "SINDICATOS RADICAN PLIEGO DE PETICIONES ANTE EL GOBIERNO"




Con una Gran Jornada Nacional de Movilización en Bogotá y en varias capitales del país, las Centrales sindicales y trabajadores estatales, entre ellos Fecode y la CUT, radicaron este lunes el Pliego Nacional de Peticiones ante el Gobierno Nacional.
La marcha de Fecode en Bogotá inició a las 9 de la mañana en el CAD (Calle 26 con carrera 30), donde se movilizaron hasta el Ministerio de Educación y la ADE con el fin de llegar hasta la Secretaría de Educación. Así mismo desde las 8 de la mañana el gremio camionero se reunió en las instalaciones del Ministerio de Transporte en el occidente de la ciudad.
Francisco Maltés, encargado de asuntos estatales de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), asegura que espera que el Gobierno cite a la Comisión Negociadora a partir de mañana miércoles para escuchar las peticiones de los empleados públicos, en el que “el punto principal es la ampliación de plantas de personal y el trabajo decente”.
Con estas solicitudes se pretende negociar colectivamente las condiciones laborales de cerca de 1.200.000 trabajadores de las entidades oficiales de orden nacional, local y regional.
Estas peticiones fueron definidas en el IX Encuentro Nacional Estatal que se desarrolló 13 y 14 de febrero en Bogotá con la participación de 150 dirigentes en representación de 60 sindicatos del sector, las tres centrales sindicales y las cinco federaciones sindicales estatales: Fenaltrase, Fecode, Fecotraservipúblicos, Utradec y Unete.

Fecode

El gremio de educadores manifestó que “el pliego comprende las principales necesidades de la educación pública y del magisterio nacional. En el marco de una política por parte del Gobierno de Juan Manuel Santos y su ministra de Educación, Yaneth Giha, que priorizan los intereses económicos sobre las necesidades de aprendizaje de los niños y niñas”.
Por su parte, la ministra de Educación, Yaneth Giha Tovar, confirmó que este martes recibieron los pliegos por parte de los diferentes sindicatos de maestros y aseguró que tienen “toda la voluntad de diálogo para sacar los temas adelante”.
La jefe de esta cartera, informó que ya su equipo de trabajo está analizando los puntos para que a partir del 9 de marzo a las 10 de la mañana, se inicien las conversaciones para llegar a los acuerdos con los maestros.
El documento contempla una serie de temas concentrados en siete ejes: política educativa, carrera docente, económico, bienestar, salud, prestacional e institucional. Como tema de prioridad, Fecode, expone que iniciativas como la Jornada Única está provocando crisis en muchas instituciones educativas del país, que no cuenta con las condiciones para su implementación.
Así mismo se denuncia que el Gobierno no ha asegurado la alimentación escolar, ni la estructura física de los colegios, ni siquiera baterías sanitarias, docentes o salones suficientes, por lo cual, son muchos los colegios que no han iniciado clases o que sus estudiantes tuvieron que protestar para que esto se garantizara.

Principales puntos del pliego nacional

Con la solicitud de ampliación de plantas de personal, los sindicatos pretenden reducir la tercerización laboral, la temporalidad y los contratos de prestación de servicios. “Hay que recordar que en el Estado hay cerca de un millón de personas que cumplen funciones permanentes de forma deslaboralizada”, explicó Francisco Maltés.
En cuanto a incremento salarial, la solicitud es del IPC más cinco puntos para todos los empleados públicos del orden nacional, incluida la Policía. Esto teniendo en cuenta que diferentes analistas han coincidido en que la Reforma Tributaria impactará la inflación entre dos y tres puntos adicionales.
La eficiente prestación del servicio de salud como un derecho fundamental de los colombianos, según lo establece la Ley Estatutaria de la salud, es otro punto incluido en el pliego. Para que esta ley se aplique, debe haber plena financiación de la salud por parte de los gobiernos nacionales y los entes locales y territoriales.
Asimismo, se plantea una reforma estructural de la carrera administrativa para generar más movilidad en el escalafón de la administración pública. “El escalafón debe tener en cuenta la antigüedad y los méritos, pero también la capacitación lograda por el trabajador, algo parecido al estatuto docente”, afirmó Ricardo Díaz, presidente de Unete, federación que afilia sindicatos en las tres centrales y en sindicatos independientes.

El incumplimiento de los acuerdos anteriores

En 2013 y 2015 se llegó a varios acuerdos con el Gobierno, por ejemplo, se comprometió a presentar a ratificación del Congreso tres convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), pero hasta el momento no hay mayores avances. “Nos preocupa entrar a una nueva negociación sin resolver esos puntos”, dijo Jorge Peña, de Fecotraservipúblicos-CTC.
Por ello, hace unos meses se decidió interponer una queja en OIT contra el Gobierno colombiano por dicho incumplimiento.
Así mismo, los gremios y sindicatos hicieron un llamado para que se establezca una política de protección de la vida de los dirigentes sindicales y sociales, toda vez que en lo que va de este año se han presentado 70 asesinatos de estos dirigentes.
En Medellín cerca de seis mil profesores agremiados en Adida se manifiestaron, solicitan mejoras en infraestructura educativa, soluciones a sus necesidades de salud y dineros que les deben.




 Fuente: http://www.elcolombiano.com/colombia/sindicatos-radican-pliego-de-peticiones-ante-el-gobierno-XD6050563





Sindicatos en Colombia

COMO SE DESARROLLA UN COMITE DE LIBERTAD SINDICAL

Te invitamos a ver el siguiente video donde podrás aclarar las dudas sobre los temas y procedimientos a seguir  dura...